Lecciones de la ANEP sobre lucha de clases



Julia Evelyn Martínez (*)

“Por supuesto que hay  una lucha de clases, pero es mi clase, la clase de los ricos, la que la  está haciendo y la que la va ganando”.

Warren Buffet, 2009

La portada de El Diario de Hoy del pasado 17.01.2014 no pudo ser  más elocuente: “GOBIERNO RETROCEDE Y APLAZA COBRO ADUANAL”. Atinado epilogo para el  nuevo triunfo del Capital nacional y transnacional sobre el Gobierno de El Salvador, que fue logrado gracias a la aprobación de un decreto legislativo que suspendió el cobro de la tarifa de $18 en concepto de revisión de mercancías en las aduanas terrestres y que había entrado en vigencia apenas una semana antes.

El acuerdo de suspensión fue alcanzado por unanimidad en el Congreso a solicitud del propio Ministro de Hacienda. La decisión del gobierno se tomó luego de reconocer su  incapacidad de insistir en el cobro de dicha tarifa ante los efectos económicos, sociales y políticos ocasionados por la protesta de los grandes empresarios del transporte de carga, quienes mantuvieron bloqueadas las aduanas durante una semana, con el apoyo unánime de las asociaciones empresariales aglutinadas en la ANEP (ASI, Cámara de Comercio, COEXPORT, CAMTEX, CAMAGRO, ASTIC, ASETCA) y del partido ARENA. 

La lucha desarrollada en esta ocasión por el sector empresarial se realizó mediante una estrategia de presión que desabasteció a los mercados populares y generó problemas de movilización a miles de personas. Sin embargo, ningún medio de comunicación, editorialista o columnista, se atrevió a señalar esta acción como ilegal o inmoral. Se trató de una demostración de fuerza que tampoco justificó por parte del gobierno el uso de medidas “persuasivas” por parte de la UMO (Unidad de Mantenimiento del Orden), tal como suele ocurrir cuando son las organizaciones populares y/o las comunidades las que intentan tomarse calles o edificios en defensa de sus intereses y demandas.

Las gremiales empresariales actuaron de forma organizada, coordinada y disciplinada. Hicieron uso de todos los medios a su alcance para crear en la opinión pública la idea que la suspensión del cobro era un tema de interés nacional y que mantenerlo era una muestra más de la incompetencia gubernamental. El gobierno quedó aislado en la defensa de esta medida, y finalmente, como suele ocurrir en el tema económico, no tuvo más remedio que ceder y retroceder. Mientras tanto, el servicio de revisión de mercaderías por medio de scanner continuará realizándose en las fronteras, pero no serán las empresas las que tengan que pagar por ese servicio. Será el  Ministerio de Hacienda quien deberá echar mano de fondos públicos para continuar cancelando los servicios prestados por la empresa COTECNA – SMITH, que tiene la concesión de este servicio por un plazo de 10 años. 

Más allá de los costos fiscales que la suspensión de este cobro generará a las ya deterioradas finanzas públicas (el Ministro de Hacienda ha declarado que el consorcio COTECNA-SMITH tenía proyectado ingresos anuales por $10 millones por la inversión realizada en la modernización de las aduanas), este caso amerita ser analizado por las lecciones que la ANEP y sus aliados han impartido sobre el complejo tema del poder y de la lucha de clases.

En primer lugar, ANEP y sus gremiales nos han hecho recordar que las políticas públicas (y en particular la política fiscal) no son el resultado de ejercicios técnicos ni tampoco de acuerdos nacionales por el bien común. Las políticas públicas son sobre todo y ante todo, el resultado de  relaciones de poder, en las cuales las clases y grupos que tienen el control de las estructuras de poder (económico, político, mediático, social, cultural, religioso, etc.) imponen  sus intereses al resto de clases y sectores que carecen de ese control y/o que lo tienen de forma precaria.

En segundo lugar, la ANEP y sus gremiales han demostrado que la clase capitalista no necesita estar  en el gobierno para que sus intereses sean consideraos como los objetivos prioritarios de las políticas económicas. Esta clase no necesita que el partido ARENA gane para tener el poder, porque ya lo tiene. Esta clase sabe que sus intereses se mantendrán a salvo en la medida que los sectores de la clase trabajadora y demás clases subalternas (incluso las dirigencias y bases del partido FMLN) estén convencidas que necesitan al Capital para lograr sus propios objetivos y carezcan de un proyecto económico contra-hegemónico a sus intereses y su ideología.

En tercer lugar, la lucha de estas organizaciones empresariales ha evidenciado que el poder se demuestra en la calle, en las “barricadas”, y no solamente en las mesas de negociación política y/o en el lobby legislativo. Cuando la incidencia y la negociación no dan los resultados esperados, es tiempo de tomarse las calles (o las aduanas).

En conclusión, mientras la clase trabajadora y demás clases subalternas, se encuentran  entretenidas (o distraídas) con la farándula y los pormenores cotidianos de los “reality shows” de la política nacional, la ANEP y sus gremiales han impartido  valiosas lecciones sobre cómo se lleva delante de forma exitosa la lucha de clases. Lo interesante es que estas lecciones provienen de una clase social que niega que tal lucha de clases exista, aunque por el momento, la esté ganando.

(*) Columnista de ContraPunto

PRONUNCIAMIENTO LEY DE LA FUNCIÓN PÚBLICA



PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA PROPUESTA DE ANTEPROYECTO DE LA LEY DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
A LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS.

Históricamente las y los trabajadores del sector público hemos sido objeto de graves violaciones a nuestros derechos, no ha existido una verdadera carrera administrativa que garantice el ingreso por mérito y competencias,  y la estabilidad laboral que consagra la Constitución a nuestro favor no ha sido respetada; La Ley de Servicio Civil vigente  no responde a la realidad actual, con más de cincuenta años desde su creación contiene enormes vacíos que van en detrimento del sector laboral y carece de  mecanismos eficaces de protección de nuestros derechos fundamentales; no permite canalizar casos de discriminación, acoso sexual, acoso laboral,  entre otros flagelos, situándonos en una grave condición de vulnerabilidad e inseguridad que perjudica enormemente nuestro bienestar y nuestra calidad de vida así como la de nuestras familias, imposibilitándose cada vez más poder contar con un trabajo digno.
1.      En este contexto,  a finales de 2012  se hizo público el “primer borrador” de la propuesta de anteproyecto de Ley de la Función Pública elaborada por la Subsecretaría de Gobernabilidad y Modernización del Estado;
2.      Al analizar dicha propuesta como sector trabajador tuvimos una serie de preocupaciones e inquietudes, pues no veíamos reflejados en la misma los intereses de las y los trabajadores del sector público y consideramos en ese momento, que reñía con la Constitución de la República, Tratados Internacionales y debilitaba las conquistas que a través de la contratación colectiva ya se habían logrado;
3.      Sin embargo, como respuesta al rechazo manifestado por el sector laboral, la Subsecretaría de Gobernabilidad y Modernización del Estado  abrió en el mes de marzo de 2013 un nuevo proceso de revisión y consulta, especialmente con las organizaciones de trabajadores  del sector público; habiéndose hecho una amplia convocatoria en la cual decidimos participar ya que consideramos que era la oportunidad para revisar el primer borrador de manera minuciosa y precisar nuestras inquietudes de manera que tuviéramos la oportunidad real de presentar nuestras propuestas y verificar que fueran incorporadas en el segundo borrador que fue oficializado en noviembre del año 2013.

POR LO TANTO, ACLARAMOS:
Que el segundo borrador de la propuesta de anteproyecto de Ley de la Función Pública contiene modificaciones sustanciales al primero,incorpora  nuestras observaciones  y propuestas por lo que especialmente queremos dar a conocer sus principales novedades y beneficios:
Garantiza plenamente  los derechos laborales fundamentales consagrados en la Constitución de la República, Tratados Internacionales, especialmente los Convenios de la OIT ratificados por El Salvador,  así como los reconocidos en los contratos colectivos vigentes; y mejora sustancialmente la protección de los derechos ya reconocidos en la Ley de Servicio Civil, Ley de Asuetos, Vacaciones y Licencias de los Empleados Públicos, y otras relacionadas con el servicio público;

Garantiza la estabilidad de los servidores públicos que desempeñen labores de carácter permanente independientemente de la forma de vinculación (contrato o ley de salarios) y establece mecanismos para su protección. Los servidores públicos que al momento de la entrada en vigencia de esta Ley ya laboren para la Administración Pública, quedan protegidos automáticamente –de pleno derecho- por el régimen establecido en el Anteproyecto;

La entrada en vigencia de la Ley de la Función Pública no significará en ningún momento la pérdida de los derechos adquiridos a través de los sistemas de escalafón que se encuentren vigentes. De igual forma, la aplicación de las normas contenidas en la Ley de la Función Pública no puede llevar a una disminución de salario o la pérdida de cualquier otro derecho;

Se garantiza la participación de los trabajadores en las diferentes instancias que la Ley crea tales como la Autoridad Rectora, Comisiones de la Función Pública, Tribunal de la Función Pública,  Comité de Verificación, Mesas de Relaciones Laborales, entre otras.

Garantiza la equidad, promueve la igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo público, condiciones de trabajo, protección contra la discriminación, el acoso laboral y sexual, y prohíbe y sanciona dichas conductas que atentan contra los derechos humanos de los servidores públicos, amplía la licencia con goce de sueldo por enfermedad de 15 a 30 días por año, promueve la paridad entre hombres y mujeres, establece licencias parentales y por responsabilidades familiares, entre otros;

Los derechos de las madres trabajadoras se ven fortalecidos al ampliarse la licencia por maternidad a 16 semanas, a dos horas la licencia por lactancia  por seis meses que puede prorrogarse hasta un año; se refuerza su derecho a no ser despedida durante el período de embarazo y post natal hasta un año después de haberse incorporado al trabajo;

Establece el derecho del pago de horas extras con el doble de y también se incrementa el monto del aguinaldo.

Crea procedimientos para proteger contra la discriminación, el acoso laboral, el acoso sexual, despido de hecho,  injerencia en las organizaciones sindicales, obstaculización del ejercicio de la libertad sindical y negociación colectiva, entre otros derechos fundamentales (Acción de Tutela de Derechos Fundamentales).

Le da competencia al Ministerio de Trabajo para que  realice inspecciones de las condiciones laborales en el sector público;

Garantiza que todo procedimiento disciplinario debe hacerse con el pleno respeto de la garantía de audiencia y defensa del servidor público y ante instancias imparciales e independientes;

Potencia y facilita el ejercicio de la libertad sindical y la negociación colectiva y garantiza la participación activa de las y los trabajadores y sus organizaciones sindicales en las decisiones que les afectan

Permite la organización por institución o dependencia y también por gremio o sector. Actualmente solo se permite la creación de Sindicatos por institución. Fortalece la protección y facilidades que debe dársele a los representantes sindicales, tales como licencias con goce de sueldo, el fuero sindical hasta un año luego de vencido el período para el cual fueron nombrados, entre otros.

Permite la negociación colectiva en distintos niveles, por institución o dependencia,  por sector y a nivel nacional. Esto debido a que la negociación no puede limitarse a las instituciones,  como está actualmente en la Ley de Servicio Civil.
Desarrolla nuevos mecanismos para la solución de los conflictos laborales y crea espacios de diálogo a través de las Mesas de Relaciones Laborales;

EN CONSECUENCIA, invitamos a las y los servidores públicos, para que conozcan la propuesta  y estén seguros de los enormes beneficios que representará para todas y todos.
PEDIMOS que a la brevedad se le dé iniciativa de ley y se apruebe por la honorable Asamblea Legislativa.
Dado en San Salvador, a los treinta y un días del mes de enero de dos mil catorce.